Juzgado ordena reprogramar la eutanasia a Martha Sepúlveda en 48 horas

Luego de la cancelación, 36 horas antes, de la eutanasia a Martha Sepúlveda, quien sería la primera mujer en Colombia en acceder a este procedimiento sin sufrir una enfermedad terminal, dado que en julio pasado la Corte Constitucional amplió las barreras a morir dignamente, se interpusieron recursos legales para seguir pidiendo el procedimiento.

La familia y la defensa de la mujer por medio de una acción de tutela señalaron que el reversazo fue irregular y arbitrario, especialmente porque en el acta del segundo comité determinaron que ella no es una paciente terminal, un requisito que, de acuerdo con la defensa, ya no es obligatorio para pedir la eutanasia.

Al estudiar la acción de tutela, el juzgado 20 del Circuito de Medellín ordenó a la IPS Instituto Colombiano del Dolor, realizarle el procedimiento de eutanasia que había suspendido a Sepúlveda y acoger las pretensiones que solicitó la defensa.

Lo anterior, asegurando que se concede el amparo constitucional para la protección de los derechos fundamentales a morir dignamente, la vida digna, el libre desarrollo de la personalidad y la dignidad humana.

El juzgado ordenó que en 48 horas Indocol debe programar con Martha Sepúlveda el día y la hora en que habrá de llevarse a cabo el procedimiento siempre y cuando ésta mantenga su voluntad de practicarlo.



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